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martes, 5 de mayo de 2015

Una tasa cuestionada: Conservación Vial


En el mes de noviembre del año pasado, el Dr. Luis Arias. titular del  Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 de La Plata hizo lugar a una declaración de certeza promovida por cuatro concejales de la localidad de San Miguel del Monte (o simplemente, Monte), quienes habían denunciado la “ilegalidad” del cobro de una tasa de conservación vial aprobada por una ordenanza de ese municipio, en enero de 2014.

En la instancia apelativa, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso a cargo de los jueces Claudia Milanta y Gustavo Spacarotel, ordenó al municipio de Monte no aplicar la tasa vial por considerarla “irrazonable
El fallo de la Cámara en la causa Nº 16242, concluía que: “La aplicación de la tasa en tales condiciones deviene irrazonable por no existir necesaria contraprestación estatal relacionada con su aplicación, y transmutaría el tributo en un impuesto encubierto”.
En la actualidad, son catorce los  municipios que están aplicando este gravamen y se encontrarían en una similar situación, a saber: Monte, Ituzaingó, San Miguel, Pilar, Hurlingham, Malvinas Argentinas, Olavarría, San Fernando, Merlo, San Martín, Junín ,Tigre, Vicente López y San Isidro.
Como explica el Juez Arias en el video, él  consideró que “toda vez que los municipios bonaerenses coparticipan del impuesto a los combustibles líquidos (…), la instauración de una tasa sobre un bien ya gravado, genera una doble imposición que colisiona con el régimen constitucional”. Y además, recordó que el ordenamiento legal vigente “compromete a las provincias como a los municipios a no establecer gravámenes locales sobre los combustibles líquidos y los lubricantes con impuesto alguno”.
La medida cautelar de la Justicia se sustenta en que la aplicación de esta ordenanza “infringiría el Régimen de Coparticipación Federal establecido por el Decreto-Ley Nacional 505/58 por el cual “el Estado provincial se compromete a no establecer gravámenes locales sobre los combustibles líquidos y a no gravar a los lubricantes con impuesto alguno, extendiendo tal compromiso a los municipios”.
Sorprende que solo cuatro concejales, y de una misma localidad, hayan reparado en la situación comentada, siendo que suman varias decenas los concejales de los municipios que aplican la tasa cuestionada.
Ahora, la Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires tiene la palabra.-
Fuente: Visión Ciudad


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